NOTA INFORMATIVA
A la vista de las noticias aparecidas en algunos medios de comunicación, desde esta Candidatura es preciso hacer las siguientes Aclaraciones:
1.- En la tarde de ayer, día 20 de Junio, la Junta de Gobierno de la Hermandad de Montesión, siguiendo instrucciones de la Vicaría General, procedió a la suspensión del Cabildo de Cuentas y del Cabildo de elecciones previstos para el próximo día 29 de Junio, dejando sin efecto el proceso electoral iniciado, en su totalidad, evitando con ello que dichos Cabildos puedan ser impugnados.
2.- Con fecha 22 de Junio de 2.001, en Cabildo General Extraordinario, se aprobó la Modificación de las Reglas 22 y 47 de las Reglas de la Hermandad, exigiéndose así, el encontrarse al día en el pago de las Cuotas hasta el mismo mes de Celebración del Cabildo, como uno más de los requisitos para ejercer el derecho de voto.
3.- Dicha Modificación de Reglas fue sancionada y refrendada por la Autoridad eclesiástica, en virtud del Protocolo 8538/01 de 19 de Julio de la Vicaría General de la Archidiócesis de Sevilla, siendo Hermano Mayor Don José Luis del Estad Vargas y Secretario 1º Don Manuel Soto Díaz.
4.- La Hermandad de Montesión, ha venido convocando los Cabildos anuales de cuentas, los Cabildos extraordinarios y los Cabildos de elecciones, desde 2.002 hasta 2.014, observando, como no podía ser de otro modo, las mencionadas Reglas, con la modificación mencionada.
5.- Según se aduce por el Hermano Mayor actual, en virtud de consulta "oral", insistimos en ello, "oral", sin contar con refrendo o soporte documental alguno, se creyó procedente la suspensión y/o no aplicación de dichas Reglas, y de ahí la Convocatoria de los Cabildos previstos para el próximo día 29 de Junio, de Cuentas y de Elecciones, sin exigir el requisito contenido en las mencionadas Reglas 22 y 47.
6.- La suspensión de ambos Cabildos previstos para el próximo día 29 de Junio, ha sido debida a la inobservancia de las Reglas, lo que, de celebrarse, permitiría a cualquier hermano su Impugnación.
7.- La afirmación relativa a que la Vicaría General y/o la Delegación de Asuntos Jurídicos no "encontrara" el Protocolo de aprobación y refrendo de la Modificación de Reglas operada el 22 de Junio de 2.001, aparecida en algunos medios, no es admisible, y supone una desviación del foco de atención sobre lo sucedido, por cuanto la Junta de Gobierno conocía las Reglas vigentes y debería saber el procedimiento para suspender la aplicación de las mismas.
8.- Al día de la fecha, la Hermandad se encuentra pendiente de la notificación del Decreto o resolución pertinente por parte de la Vicaría General, extremo que se verificará en los próximos días.
Sevilla,
21 de junio de 2017
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